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24/03/2008
 

La Consejería de Trabajo y Empleo ha visitado 356 obras de construcción en los dos primeros meses del año.

En total ascienden a casi 9.600 obras de construcción las visitadas por los técnicos de la Consejería y de la Fundación Laboral de la Construcción, debido a que el sector de la Construcción se ha convertido en una prioridad para un sector que ocupa al 18 por ciento del empleo de la Región.

El programa consiste en una primera visita a la obra por parte de los técnicos de prevención de la Consejería de Trabajo y Empleo, en la que se analizan las condiciones de seguridad de la misma, informando al empresario de las circunstancias a subsanar que son comprobadas en una segunda visita.

 
 

24/03/2008

 

Las mujeres se enfrentan a más riesgos en el trabajo.

Según un informe de la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, se detectan descuidos en los riesgos laborales, la seguridad y salud de las mujeres en comparación con la de los hombres.

El análisis ha detectado que las mujeres sufren más estrés que los hombres, de los que cabe destacar los trabajos con grandes exigencias emocionales y la doble tarea del trabajo y el hogar.

Los principales riesgos en ámbitos laborales en los que predominan las mujeres son los trastornos musculoesqueléticos de cuello y extremidades superiores, el estrés y la violencia ejercida por el público.

 
 

24/03/2008

 

La Comisión Europea ha desarrollado una herramienta informática, a través de un cuestionario de autoayuda, para establecer un sistema de alerta temprana ante situaciones de crisis empresarial.

La Comisión Europea, a través de la herramienta “Alerta Temprana”, ofrece a los empresarios un cuestionario de autoayuda para detectar su sus negocios atraviesan situaciones de dificultad que pueden desembocar en un fracaso empresarial.

Todos los empresarios interesados en conocer la herramienta, pueden acceder a través de la siguiente dirección:
http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/sme2chance/ewt/self_assessment.cfm?lg=es

Cuestiones tan importantes como la Planificación y Control del negocio, Relaciones empresariales con clientes y proveedores, recursos humanos (familia y vida), finanzas y gestión del dinero y la obtención de asesoramiento y apoyo, se desarrollan en un breve cuestionario que realiza un reflejo fiel de la situación del negocio, con indicaciones de cómo deberíamos de acometer posibles desviaciones para evitar una situación grave en nuestro negocio.

 
 

21/03/2007

 

Los trabajadores autónomos económicamente dependientes ya pueden registrar sus contratos en las Oficinas de Prestaciones de las Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal.

El pasado 05 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución del 21 de febrero de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), por la que se establece el procedimiento para el registro de los contratos por los trabajadores autónomos económicamente dependientes.

De forma provisional, hasta que se regulen y desarrollen los procedimientos informáticos de registro y comunicación telemática de los contratos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes, que presenten los propios trabajadores o los clientes, estos se registrarán, con carácter general, en las Oficinas de Prestaciones de las Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE).

  1. Libro de Registro:

En las unidades en las que se ubique el registro, se procederá a la apertura de un Libro auxiliar para el registro de los contratos.
Las oficinas registrarán todos los contratos que se presenten sin entrar en su contenido asignándoles número y fecha de registro.
Únicamente se denegará el registro cuando la vigencia del contrato esté finalizada o carezca de la firma de ambas partes contratantes o cuando falte alguno de los siguientes datos esenciales:

  1. Datos identificativos del trabajador (nombre, apellidos, NIF, CIF, NIE).
  2. Fecha de inicio y de terminación, en su caso, del contrato.
  3. Actividad profesional a realizar.

Cuando acudamos al registro para hacer la entrega de la documentación en el Registro, el personal del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) deberá anotar el contrato facilitado en el Libro de registro.
Acto seguido deberán sellar el original y las distintas copias del contrato, con la anotación del número de registro asignado.
Deberán devolver el ejemplar del contrato original y las copias al trabajador autónomo, excepto una copia que quedará en poder del registro.

  1. Información de las Oficinas de Prestaciones de las Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE):
 http://www2.inem.es/general2/dirinte/asp/dirinte.asp
 
 
 
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